FAQ - Personería Valledupar

Preguntas frecuentes

¿Qué son las Juntas Administradoras Locales?

Es un organismo corporativo de participación comunitaria, creado por la Ley, cuya finalidad es la de mejorar la Administración y la prestación de servicios públicos , asegurando la participación de la ciudadanía en el manejo de los asuntos locales en los municipios con una población superior a los 5.000 habitantes. En cada una de las comunas y corregimientos habrá una Junta Administradora Local de elección popular integrada por el número de miembros que señala la ley. Sus funciones consisten en: •Participar en la elaboración de los planes y programas municipales de desarrollo económico y social, y de obras públicas. • Vigilar y controlar la prestación de los servicios municipales en su comuna o corregimiento y las inversiones que se realicen con recursos públicos. • Formular propuestas de inversión ante las distintas autoridades encargadas de la elaboración de los planes de inversión. •Distribuir las partidas que la ley asigne en el presupuesto municipal. •Presentar proyectos de acuerdo al Concejo Municipal, relacionados con el objeto de sus funciones. •Recomendar la aprobación de determinados impuestos y contribuciones. •Promover, en coordinación con las diferentes instituciones cívicas y juntas de acción comunal, la activa participación de los ciudadanos en asuntos locales. •Fomentar la micro-empresa, famiempresa, empresas comunitarias de economía solidaria, talleres mixtos, bancos de tierra, bancos de maquinaria y actividades similares. •Colaborar con los habitantes de la COMUNA o corregimiento en la defensa de los derechos fundamentales consagrados en la Constitución Política, tales como: Derecho de Petición y Acción de Tutela. •Elaborar ternas para el nombramiento de Corregidores. • Ejercer las funciones que les delegue el Concejo y otras autoridades locales. •Rendir concepto acerca de la conveniencia de las partidas presupuestales solicitadas a la administración o propuestas por el Alcalde, antes de la presentación del proyecto de inversión y presupuesto anual al Concejo Municipal •Presentar planes y proyectos de inversión social relativos a su jurisdicción. •Convocar y celebrar las audiencias públicas que consideren convenientes para el ejercicio de sus funciones. •Celebrar al menos dos cabildos abiertos por período de sesiones. •Distribuir partidas globales con sujeción a los planes de desarrollo del Municipio, atendiendo a las necesidades básicas insatisfechas en su corregimiento o comuna, garantizando la participación ciudadana.

¿Cuáles son los principales objetivos de la Acción Comunal?

A-Promover y fortalecer en el individuo, el sentido de pertenencia frente a su comunidad, localidad, distrito o municipio a través del ejercicio de la democracia participativa. B-Crear y desarrollar procesos de formación para el ejercicio de la democracia. C-Planificar el desarrollo integral y sostenible de la comunidad D-Establecer los canales de comunicación necesarios para el desarrollo de sus actividades. E-Generar procesos comunitarios autónomos de identificación, formulación, ejecución, administración y evaluación de planes, programas y proyectos de desarrollo comunitario. F-Celebrar contratos con empresas públicas y privadas del orden internacional, nacional, departamental, municipal y local, con el fin de impulsar planes, programas y proyectos acordes con los planes comunitarios y territoriales de desarrollo. G-Crear y desarrollar procesos económicos de carácter colectivo y solidario para lo cual podrán celebrar contratos de empréstito con entidades nacionales o internacionales. I H-Desarrollar procesos para la recuperación, recreación y fomento de las diferentes manifestaciones culturales, recreativas y deportivas, que fortalezcan la identidad comunal y nacional. I-Lograr que la comunidad esté permanentemente informada sobre el desarrollo de los hechos, políticas, programas y servicios del Estado y de las entidades que incidan en su bienestar y desarrollo. J-Divulgar, promover y velar por el ejercicio de los derechos humanos, fundamentales y del medio ambiente consagrados en la Constitución y la ley. Entre otros Objetivos incluidas en la Ley 743 de 2002. (Reglamentación: Decreto 1930 de 1979, Decreto 300 de 1987, Decreto 2726 de 1980 y las Resoluciones 2070 de 1987, 759 de 1996, 110 de 1996 y 652.)

¿Qué principios rigen la Acción Comunal?

1-Reconocimiento y afirmación del individuo en su derecho a ser diferente, sobre la base del respeto, tolerancia a la diferencia, al otro. 2-Reconocimiento de la agrupación organizada de personas en su carácter de unidad social alrededor de un rasgo, interés, elemento, propósito o función común, como el recurso fundamental para el desarrollo y enriquecimiento de la vida humana y comunitaria, con prevalencia del interés común sobre el interés particular. 3-Construirse con identidad cultural, sustentabilidad, equidad y justicia social, participación social y política, promoviendo el fortalecimiento de la sociedad civil y sus instituciones democráticas. 4-Principios pilares: La solidaridad, la capacitación, la organización y la participación.

¿Cuáles son los mecanismos de Participación Comunitaria?

JUNTAS DE ACCIÓN COMUNAL Son corporaciones cívicas sin ánimo de lucro compuestas por los vecinos de cada barrio o sector del mismo, que unan esfuerzos y recursos para procurar la solución de las necesidades más sentidas de una comunidad. La organización comunitaria, es un medio de participación activa, organizada y consciente, para la planeación, evaluación y ejecución de programas de desarrollo de la comunidad. Actualmente se rigen por la Ley 743 de 2002 y el Decreto 2350 de 2003. Requisitos de Afiliación Ser persona natural. Residir dentro del radio de acción. Tener más de 14 años. Presentar documento de identidad No estar impedido legalmente

¿Cuáles son los frentes de Participación y Gestión?

EN LOS PLANES DE DESARROLLO: (Ley 152 de 1994) Mediante los Consejos Nacionales y Territoriales de Planeación, en donde existe representación de – Salud (Ley 100/1993): En Consejos Municipales de seguridad social, Copacos, Juntas de licitación para E.P.S. -Servicios Públicos Domiciliarios (Ley142/94): Servicios que sirven para satisfacer las necesidades básicas de bienestar y salubridad de la población. En Comités de desarrollo y control social y Ligas de Usuarios – Desarrollo Rural y Medio Ambiente (Leyes 99 y 101/93, 388/97): Derecho a participar en la elaboración de políticas y estrategias para la protección de un ambiente sano, velando por la diversidad e integridad de áreas de importancia ecológica, aplicando los principios para un desarrollo sostenible todo en beneficio de la comunidad. Se participa en los Consejos Ambientales, Cabildos Verdes, Audiencias públicas, Participación comunal, Consejo Consultivo del P.0.T. y Consejos Municipales de desarrollo rural. -Jóvenes y Tercera Edad (Ley 375/97 y Decreto 851 de 1996) Protección especial de esta población para procurar su desarrollo integral, marcando directrices eficaces para este objetivo. Existe el Consejo Municipal de la juventud y los Cabildos mayores.

¿Qué medios existen para participar en Planeación y Gestión?

Seguridad, Política y Convivencia . Ley 418/97, 4341/98, 4971/99 y Decretos 1350 de 1954 y 199 de 1995 La Convivencia Ciudadana es el espacio mediador construido con los aportes de diferentes grupos sociales, en términos de mejorar las condiciones de vida y las oportunidades para que éstas se den en equidad, permitiendo el análisis de los conflictos diarios y normales de la vida en común, mediante el diálogo razonable y respetando los límites de la Ley. Puedes participar haciendo parte de los Consejos de convivencia ciudadana, Mesas de trabajo por la paz y la seguridad, Juntas Asesoras y Comités de Seguridad, Comisiones locales de participación ciudadana, Consejo Nacional de Paz -Educación (Ley 115/94 y 715/01) Espacio de participación en el Gobierno Escolar, permitiendo acceder al servicio de la educación y mejorando su calidad. Se participa de los Consejos Directivos, Personeros Estudiantiles, Juntas Municipales de Educación, Asociación de Padres de Familia y Consejo Municipal de la Cultura. -Deportes (ley 181/95): Juntas Municipales de Deportes, Ligas deportivas, Clubes y Comités de Deporte.

¿Qué medios existen para participar en Planeación y Gestión?

Seguridad, Política y Convivencia . Ley 418/97, 4341/98, 4971/99 y Decretos 1350 de 1954 y 199 de 1995 La Convivencia Ciudadana es el espacio mediador construido con los aportes de diferentes grupos sociales, en términos de mejorar las condiciones de vida y las oportunidades para que éstas se den en equidad, permitiendo el análisis de los conflictos diarios y normales de la vida en común, mediante el diálogo razonable y respetando los límites de la Ley. Puedes participar haciendo parte de los Consejos de convivencia ciudadana, Mesas de trabajo por la paz y la seguridad, Juntas Asesoras y Comités de Seguridad, Comisiones locales de participación ciudadana, Consejo Nacional de Paz -Educación (Ley 115/94 y 715/01) Espacio de participación en el Gobierno Escolar, permitiendo acceder al servicio de la educación y mejorando su calidad. Se participa de los Consejos Directivos, Personeros Estudiantiles, Juntas Municipales de Educación, Asociación de Padres de Familia y Consejo Municipal de la Cultura. -Deportes (ley 181/95): Juntas Municipales de Deportes, Ligas deportivas, Clubes y Comités de Deporte.

¿Qué es participar en Planeación y Gestión ?

La planeación y gestión participativa ha sido una experiencia renovadora que abre nuevos espacios de encuentro comunitario, revitaliza liderazgos, da la oportunidad a las comunidades de entender que es necesario generar consensos alrededor de proyectos que por encima de intereses personales favorezcan a quienes más lo necesitan y atienden los problemas que inciden en el mejoramiento de la calidad de vida.

¿Cuáles son los mecanismos de Participación Política ?

– Voto Mediante este mecanismo el ciudadano puede elegir y ser elegido para diferentes cargos y corporaciones como las Juntas Administradoras Locales, Concejos Municipales, Asambleas Departamentales, Congreso Nacional, Alcaldía, Gobernación, Vicepresidencia y Presidencia de la República. A través del voto se da real cumplimiento al principio constitucional de DEMOCRACIA PARTICIPATIVA. – Plebiscito Se establece la posibilidad que el Presidente de la República convoque a la ciudadanía para que se pronuncie sobre un tema de interés general y sea el pueblo el que decida la conveniencia o no del mismo. -Referendo Este es un mecanismo de participación directa, mediante el cual los ciudadanos aprueban o rechazan una ley u otros textos con efectos jurídicos o políticos. Referendo derogatorio de ley Referendo Constitucional Referendo Regional a la creación de regiones Clases: – Consulta Popular A través de este mecanismo, los ciudadanos manifiestan su opinión sobre asuntos de interés general, ya sea a nivel nacional, departamental o municipal. La consulta será obligatoria como requisito previo a la protocolización de la creación de áreas metropolitanas que vinculen dos o más municipios. – Cabildo Abierto Mecanismo establecido para analizar asuntos de interés general. Es una reunión pública de ciudadanos con los Concejales o miembros de la Junta Administradora Local, para discutir asuntos de relación directa a los intereses de la comunidad local. – Revocatoria del Mandato Es el derecho que tienen los ciudadanos de dar por terminado el mandato que le han conferido a un gobernador o alcalde, por incumplimiento ostensible con el programa de gobierno. – Iniciativa Legislativa Mecanismo para presentar proyectos de reforma constitucional o de ley, ordenanzas y acuerdos, con el lleno de ciertas exigencias en cuanto al número de ciudadanos que garanticen el respaldo popular a las propuestas para que éstas sean representativas de la voluntad mayoritaria.

¿Cuáles se consideran derechos fundamentales?

Son los derechos inherentes a la persona humana. Usualmente se identifican con los derechos individuales, sin embargo en Colombia han sido reconocidos por la Corte Constitucional algunos derechos pertenecientes a la llamada segunda generación, es decir, ha reconocido como derechos fundamentales ciertos derechos sociales que son necesarios para que la persona humana cuente con una vida digna.